CÉSAR CUÉ OPINANDO/La reforma de justicia penal constitucional del 19 de junio de 2008 es un lastre para la 4T

Por Mtro. Julio César Cué Busto

Cuarta parte

¿Qué se buscó en esencia con la reforma de este artículo? se combatiera de manera eficiente el abuso de la prisión preventiva, aparte se puso en un idioma simple y fácil de entender términos como “Auto de Formal Prisión” por “Vinculación a Proceso”, “Cuerpo del Delito” por “Hecho Delictivo” lo cual es apropiado; ya que, no se debe convertir el texto de una ley o reglamento en un depósito de tecnicismos doctrinarios.

Este artículo delata claramente el pase del sistema inquisitorio al sistema acusatorio en donde el Ministerio Público recaba datos no pruebas, que denota la existencia de un caso que la ley marca como delito y la probabilidad que el indiciado participó o intervino en su comisión, ahora le corresponde al juez de control dictar la nueva figura de auto de vinculación al proceso.

El Ministerio Público debe cumplir con los principios de subsidiariedad y excepcionalidad, para evitar el abuso de la prisión preventiva, el primero refiere que solamente se puede solicitar la prisión preventiva cuando no sea suficiente la aplicación de otra medida cautelar para garantizar entre otras, que no se dé a la fuga el imputado, del desarrollo de la investigación o la protección a la víctima; el segundo, establece que la prisión preventiva se debe tomar con el rango de excepcional, que debe verse como última opción.

Contrario al espíritu de garantismo que identifica a la reforma de junio del 2008, y adverso al principio de seguridad jurídica, se estipulan supuestos de excepción en tratándose de disposiciones especiales para procesados en materia de delincuencia organizada.

Con todo y los ocho años de “vacatio legis”, no fueron suficientes para llevar a cabo una adecuada capacitación para los llamados “Juicios Orales”, la sociedad en su conjunto hasta la fecha nunca entendió que el triunfo de los juicios orales, era que hubiera lo menos posibles, que las víctimas y victimarios se fueran a resolver la controversia con mecanismos alternativos de justicia por medio de procedimientos conciliatorios.

Otra situación, el cambio de reducir casi a la insignificancia la labor del ministerio público, actualmente la tarea del representante social es conseguir datos para que libre el juez alguna orden relativa al caso, y llegar al punto máximo de lograr un auto de vinculación a proceso, ya que todo lo que recabe el ministerio público no tiene ningún valor hasta que el juez analice los “datos” en audiencia pública, todo un mundo de cambios, copiado del derecho anglosajón, pero que lastimosamente, en más de cuatro años, no han llegado los resultados esperados.

No está funcionando este sistema de justicia penal de corte garantista y esencia fundamental de oralidad; esto por, por la diversa idiosincrasia que tienen los latinos con el derecho anglosajón. Desde un principio he insistido en lo mismo, faltó la mexicanización, se debieron haber adoptado todos los estilos y formas que, por medio de un sencillo método de tropicalización, sirvieran para el mejoramiento de la justicia penal en México.

Fue un error garrafal, implementar el sistema gringo y desechar por completo el proceso penal mexicano, el equipo de trabajo que se encargó de coordinar el establecimiento del que llamaron “nuevo sistema de justicia penal constitucional”, tenía muy buen nivel académico, forjado en el extranjero, pero lamentablemente, sin ninguna experiencia en lo cotidiano de administrar justicia y principalmente en lo concerniente con los procesos penales.

Con este cambio de fondo y forma del derecho procesal penal, se revivió la esperanza que se mejorarían los resultados en la lucha contra la impunidad y la inseguridad, pero han sido insignificantes en la lucha contra el crimen, todo ha seguido igual, ese compromiso de implementar un sistema acusatorio garantista al 100 %, no funcionó, seguimos con un 99% de margen de impunidad, lo cual es una vergüenza nacional.

Ojala se reaccione, los cambios que vienen como reforma judicial federal son muy ambiciosos,  pero necesarios, esperemos le den velocidad a los procedimientos legislativos, y empecemos a observar que todos los proyectos para mejorar la justicia penal no sean en balde, y se empiecen a cosechar resultados favorables que fortalezcan a la Cuarta Transformación, la sociedad mexicana necesita acciones contundentes para fortalecer el Estado de Derecho, que requiere una nación que se dicte democrática.